¿Qué es una FCO (oferta corporativa completa)?
FCO · Oferta corporativa completa
La oferta completa del vendedor para vender un cargamento concreto en condiciones concretas, válida durante un plazo declarado. A diferencia de la oferta blanda, está pensada para ser firme dentro de su validez, y es el documento sobre el que un comprador puede actuar.
Puntos clave
- Firme dentro de su validez: una ventana corta es normal y correcta.
- Debe cotizar contra un índice nombrado con un diferencial declarado.
- Un descuento fuerte respecto a la bolsa es la señal más clara de que no hay carga.
De un vistazo
| La emite | El vendedor |
|---|---|
| Vinculante | Concebida como firme dentro del plazo de validez |
| Validez típica | Días, no semanas: el mercado se mueve |
| Debe contener | Especificación, cantidad, Incoterm, puerto, base de precio, pago, inspección, validez |
| Señal de alarma | Un gran descuento plano sobre el índice publicado |
Una oferta firme con reloj
La oferta corporativa completa la emite el vendedor y recoge todo lo que el comprador necesita para decidir: materia prima y especificación, cantidad y calendario de embarque, base de entrega y puerto, precio o fórmula de precio, condiciones de pago, régimen de inspección y la fecha en que la oferta expira.
El plazo de validez es lo que la distingue. Una oferta válida siete días es un compromiso de mantener esas condiciones abiertas siete días, y un vendedor que reprecia dentro de su propia validez le ha dicho al comprador algo útil sobre sí mismo. Los precios se mueven, y por eso las validades son cortas: días más que semanas.
Qué hace creíble una FCO
La concreción. Una oferta creíble nombra el origen, el productor o la refinería cuando no es confidencial, el puerto de carga y una ventana de embarque que corresponde a un calendario de producción real. Cotiza contra un índice publicado —LME, LBMA, Platts, Argus— con un diferencial declarado, en vez de un número plano desconectado del mercado.
También dice qué ocurre cuando el cargamento no es exactamente el descrito: la tolerancia de cantidad, los umbrales de rechazo por calidad, el ajuste de precio por variación de ley y quién nombra al inspector. Una oferta que calla sobre todo eso no la ha escrito alguien que espere embarcar.
El descuento que no está
Circulan ofertas de metal o mineral con un descuento fuerte respecto a la bolsa, a veces un veinte o treinta por ciento por debajo del LME, en cantidades que ningún productor mueve de una vez. No son ofertas. Un productor capaz de vender al índice no tiene motivo para aceptar menos, y el descuento existe para que el documento resulte lo bastante atractivo como para seguir circulando.
La comprobación es aritmética, no intuitiva: tome el precio publicado para esa ley, reste cargos realistas de tratamiento y refino y el flete hasta la base indicada, y vea si la cifra ofrecida deja margen a alguien. Si no lo deja, el cargamento no existe.
Preguntas frecuentes
- ¿Obliga al vendedor una oferta corporativa completa?
- Está escrita como oferta firme por su plazo de validez, y un vendedor que respeta sus ofertas la trata así. Su exigibilidad depende de la redacción y de la ley aplicable; la mayoría se expresan como sujetas a contrato, de modo que el documento vinculante sigue siendo el contrato de compraventa.
- ¿Qué diferencia hay entre una FCO y una SCO?
- La oferta blanda es indicativa: describe lo que el vendedor espera poder hacer, sujeto a confirmación. La completa es completa y firme por un plazo declarado. La blanda abre la conversación; la completa es sobre la que se puede actuar.
- ¿Cuánto debería durar la validez de una FCO?
- Normalmente unos días. Los precios físicos siguen a la bolsa, así que un vendedor que mantiene condiciones un mes o bien está aplicando un colchón grande o bien no está cotizando contra el mercado. Una validez muy larga merece una pregunta.
Términos relacionados
La oferta indicativa del vendedor, que describe qué espera poder suministrar y en qué condiciones aproximadas, sujeta a confirmación. Es un punto de partida para negociar, no algo que el comprador pueda aceptar.
Una carta no vinculante del comprador que expone qué quiere comprar y en qué condiciones. No obliga a nadie, y su función real es abrir la conversación con detalle suficiente para que el vendedor juzgue si la consulta es seria.
La orden de compra del comprador, emitida con membrete y descrita como irrevocable. Pese al nombre no obliga a nadie hasta que el vendedor la acepta, y en el comercio físico funciona como una carta de intención de aspecto más formal.
El contrato en sí: el primer documento de la secuencia que obliga realmente a las partes. Todo lo intercambiado antes queda sustituido por él, y cualquier condición no trasladada carece de efecto.
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